De acuerdo con lo expuesto anteriormente, la entidad bancaria, entre otras, deberá llevar una contabilidad ordenada de las siguientes transacciones contables:
- Otorgamiento de préstamos.
- Apertura de crédito.
- Cuentas corrientes.
- Depósitos o cuentas de ahorro.
- Depósitos a plazo fijo.
A la contabilidad bancaria podrán aplicarse las normas generales de contabilidad, no obstante, aquella deberá ser flexible y adaptarse a las necesidades y cambios continuos que tienen lugar en la actividad bancaria.
Uno de los objetivos que se fija la contabilidad de las entidades bancarias es la claridad de información frente a terceros.
Así, deberá poner las cuentas a disposición de clientes, proveedores, competencia y usuarios en general.